El Municipio Extremeño de los Santos de Maimona, publica las bases para cubrir 2 plazas de Agente de la Policia Local de Extremadura.Durante el proceso selectivo, se realizan como no podian ser de otra manera las diferentes pruebas obligatorias establecidas.
Una de ellas es la PRUEBA PRACTICA, donde el Tribunal presenta varios supuestos practicos, relativos a diferentes actuaciones policiales que los Opositores deben de realizar.
Uno de los Supuestos Practicos presenta una actuacion en donde se produce un accidente de trafico entre una bicicleta y un vehiculo de autoescuela.
RESUMEN DEL SUPUESTO PRACTICO DE LA OPOSICION DE LA POLICIA LOCAL DE EXTREMADURA:
“Una persona en una bicicleta que sale del Bar La Parada, no se toma lo de siempre, sino unas copas anís, en la conducción se manifiesta síntomas.
Momentos después tiene un accidente contra un vehículo de autoescuela, golpeando contra el cristal del vehículo.
Se produce unas lesiones leves en la cara del conductor, solo haciendo falta una primera asistencia facultativa.
Se realiza las pruebas de alcohol, arrojando el conductor de la bicicleta 0.70 mg y 0.65 mg en aire espirado.
El conductor y el profesor se niegan a realizar dicha prueba, comentando que no tienen obligación de hacerla ya que ellos no son los responsables del accidente…”
Al parecer existen posibles discrepancias en la correccion del supuesto practico.
Desde el CENTRO DE FORMACION B.A.K. se ponen en contacto con nuestra plataforma a traves de nuestro email secretaria@oposicionespolicialocalex.es, para hacernos llegar su resolucion para este supuesto practico.
Vamos a dejar un enlace al final de la publicacion para que tod@s podais acceder a este razonamiento por parte del CENTRO B.AK.
Pero en resumen ellos establecen que:
El alumno de autoescuela también puede cometer los delitos contra la seguridad vial puesto que, concurriendo los elementos del tipo, su conducción será perfectamente apta para poner en peligro los bienes jurídicos protegidos.
No siendo para ello óbice la función activa de enseñanza, que le lleva a ser considerado conductor, que ejercita el profesor, ya que el CP no entra en la sutileza técnico administrativa de los mandos adicionales.
Y en el caso de que tanto alumno como profesor de un vehículo de autoescuela implicado en un accidente, como el caso que nos ocupa, se
negare a someterse a las pruebas reglamentariamente establecidas para la comprobación de la alcoholemia.
Estaríamos ante un supuesto de coautoría ya que ambos puestos están dotados de los mecanismos de dirección y control y cabe la imputación por dolo eventual de la acción al coautor no conductor”.
Tod@s podeis poneros en contacto con nosotros a traves del email y hacernos llegar vuestras conclusiones:
- secretaria@oposicionespolicialocalex.es
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario